L. 23479 - Actualización de las penas

Nota * promulgada el 27- Xi-86 y publicada en el B. O. Del 26- I-87.

Artículo 1.- Modifícanse las penas de multa del código penal y de las leyes que se indican, en la siguiente forma:
1 fíjase en veinticinco australes como mínimo y en quinientos australes como máximo el monto de las penas de multa establecidas por los artículos 94 99 inciso 1, 103, 155, 159, 175, 203, 281 y 284 del código penal.
2 fíjase en veinte australes como mínimo y cuatrocientos australes como máximo el monto de las penas de multa establecidos por los artículos 108, 129, 136, 204, 245, 247, 249, 252, 253, 254, 255, 286 y 290 del código penal.
3 fíjase en veinte australes como mínimo y trescientos australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 242 del código penal.
4 fíjase en cien australes como mínimo y en un mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el primer párrafo del artículo 175 bis del código penal; y en quinientos australes como mínimo y en tres mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el tercer párrafo del citado artículo.
5 fíjase en cincuenta australes como mínimo y en sus mil australes como máximo el monto de las penas de multa establecidas por los artículos 270 y 271 del código penal.
6 fíjase en cien australes como mínimo y en dos mil quinientos australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 269 del código penal.
7 fíjase en veinticinco australes como mínimo y en dos mil quinientos australes como máximo el monto de las penas de multa establecidas por los artículos 110 y 156 del código penal.
8 fíjase en tres mil australes el monto máximo de las pena de multa establecida por el artículo 22 bis del código penal.
9 fíjase en un austral como mínimo y en cinco australes como máximo el monto que en concepto de multa establece el artículo 24 del código penal.
10 fíjase en veinticinco australes como mínimo y en seiscientos australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por la disposición incorporada al capítulo v del título xii, del código penal, por el decreto-ley 6601/63.
11 fíjase en veinte australes como mínimo y mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 1 de la ley 13944.
12 fíjase en mil australes como mínimo y en ochenta mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 2 de la ley 20771.
13 fíjase en mil australes como mínimo y en cincuenta mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 4 de la ley 20771.
14 fíjase en cinco mil australes como mínimo y en ciento cincuenta mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecido por el artículo 3 de la ley 20771.
15 fíjase en quinientos australes como mínimo y en ocho mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 5 de la ley 20771.
16 fíjase en cincuenta australes como mínimo y en un mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 6 de la ley 20771.
17 fíjase en cien australes como mínimo y en dos mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 7 de la ley 20771.
18 fíjase en treinta australes como mínimo y en un mil australes como máximo el monto de las penas de multa establecida por los artículos 73 y 74 de la ley 11723.
19 fíjase en cien australes como mínimo y en quinientos australes como máximo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 4 del decreto-ley 6618/57.
20 fíjase respecto del artículo 5 del decreto-ley 6618/57, las siguientes multas en australes, primer párrafo:
setecientos cincuenta: segundo y tercer párrafos: un mil trescientos.
21 fíjase en veinte australes como mínimo y en quinientos australes como máximo el monto de la pena establecida por el artículo 7 22 fíjase en treinta australes el monto de la pena de multa establecida por el artículo 18 de la ley 10903.
23 fíjase, respecto de la ley 9643, los siguientes montos en australes, artículo 34; cien; artículo 35; un mil, cinco mil y quinientos, respectivamente.
24 fíjase en cincuenta australes como mínimo y en un mil australes como máximo el monto de la multa establecida en el artículo 16 de la ley 12331.
25 fíjase en quinientos australes como mínimo y en cinco mil australes como máximo el monto de la pena de multa establecida en el artículo 17 de la ley 12331.
26 fíjase en tres mil australes como mínimo y en ciento cincuenta mil australes como mínimo el monto de la pena de multa establecida por el artículo 6 de la ley 20840.

2.- Comuníquese..