L. 24906 - Ampliación de plazo previsto en ley 24043 (beneficios a personas puestas a disposición del poder ejecutivo durante estado de sitio)
BUENOS AIRES, 26 de Noviembre de 1997
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 - El plazo para la presentación de la documentación ante la autoridad de aplicación de la Ley 24.043 es de noventa (90) días improrrogable a partir de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2 - Gozarán del beneficio que establecen las mencionadas leyes las personas que hubiesen estado a disposición del Poder Ejecutivo Nacional o que siendo civiles hubiesen estado a disposición de autoridades militares en el período comprendido entre el 6 de Noviembre de 1974 y el 10 de Diciembre de 1983 y, en ambos casos, aunque hubiesen tenido proceso o condena judicial.
ARTICULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Fdo.: PIERRI - MENEM - Pereyra Arandía de Pérez Pardo-Piuzzi |