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L. 25346 - Día Nacional de las Personas con Discapacidad
Sancionada: Octubre 25 de 2000. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º - Declárese el 3 de diciembre Día Nacional de las Personas con Discapacidad, con el propósito de: Artículo 2º - Los organismos estatales responsables de la atención a las personas con discapacidad, elaborarán juntamente con los del área de Educación, Cultura y Deporte, los programas a implementarse en relación al artículo 1º y en orden al fomento de conductas solidarias. Artículo 3º - El Poder Ejecutivo reglamentará !a presente ley en el término de 60 días a partir de su sanción. Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FDO.: RAFAEL PASCUAL.. - ANTONIO F. CAFIERO. - Roberto C. Marafioti. - Alejandro L. Colombo. |