L. 25499 - Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública de Menores e incapaces, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, y los cargos de Fiscal, Defensor Público de Menores e Incapaces y de Funcionarios y empleados

Sancionada: 14/10/2001
Promulgada de Hecho: 19/11/2001
Publicación en el B.O.: 22/11/2001

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de ley:

Artículo 1°: Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública Oficial, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires.
(Texto según Ley 25758 Publicación en el B.O.: 11/08/2003)

Artículo 2°: Créanse los cargos de Fiscal, Defensor Público Oficial y de los funcionarios y empleados a que se refiere el Anexo I, el que forma parte de la presente ley.
(Texto según Ley 25758 Publicación en el B.O.: 11/08/2003)

Artículo 3°: Los recursos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública, con imputación al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.

Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Fdo.: RAFAEL PASCUAL - MARIO LOSADA - ROBERTO MARAFIOTI - JUAN C. OYARZUN

ANEXO I

MINISTERIO PUBLICO

Fiscal de Primera Instancia 1
Prosecretario Administrativo 1
Auxiliar Superior de Sexta 1
Defensor Público Oficial 1 (Texto según Ley 25758 Publicación en el B.O.: 11/08/2003)
Prosecretario Administrativo 1
Auxiliar superior de sexta 1

SUBTOTAL: 6
TOTAL: 6