L. 25499 - Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública de Menores e incapaces, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, y los cargos de Fiscal, Defensor Público de Menores e Incapaces y de Funcionarios y empleados
Sancionada: 14/10/2001
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de ley:
Artículo 1°: Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública Oficial, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Créanse los cargos de Fiscal, Defensor Público Oficial y de los funcionarios y empleados a que se refiere el Anexo I, el que forma parte de la presente ley.
Artículo 3°: Los recursos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública, con imputación al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Fdo.: RAFAEL PASCUAL - MARIO LOSADA - ROBERTO MARAFIOTI - JUAN C. OYARZUN ANEXO I
MINISTERIO PUBLICO
Fiscal de Primera Instancia 1
SUBTOTAL: 6 |