L. 25788 - SALUD PUBLICA. Modifícase la Ley 23753, estableciéndose que la diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público como en el privado

Sancionada: Octubre 1 de 2003.-
Promulgada de Hecho: Octubre 30 de 2003.-
Publicación en el B.O.: 31/10/2003

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º - Agrégase un segundo párrafo al artículo 2º de la Ley Nº 23.753, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º.- La diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.-
El desconocimiento de este derecho será considerado acto discriminatorio en los términos de la Ley Nº 23.592.-

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

Fdo.: DANIEL O. SCIOLI. - EDUARDO O. CAMAÑO. - Juan Estrada. - Carlos G. Freytes